Asistencia y Protección Integral a la Víctima
La ley 26.364 tuvo en especial consideración los derechos que les asisten a las víctimas del delito de trata de personas, en armonía con las previsiones contenidas en el capítulo II del Protocolo de Palermo. El artículo 6to. contempla de este modo, el derecho que les asiste de recibir información sobre sus derechos en un idioma que comprendan y en forma accesible a su edad y madurez (inciso a); prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado (inciso d); ser informadas del estado de las actuaciones y de la evolución del proceso (inciso g); ser oídas en todas las etapas del proceso (inciso h) y la protección de su identidad e intimidad (inciso i). Por otro lado, merece destacarse y difundirse la red de organismos que prestan colaboración para la asistencia integral de las víctimas.
1. Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata
Esta oficina se creó por Resolución 2149/08 y depende de la Jefatura de Gabinete del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Está compuesta por un equipo interdisciplinario que presta acompañamiento y asistencia jurídica a las víctimas hasta su declaración testimonial.
(Teléfonos 5300-4006 5300-4000)
Creación del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas: Decreto 1281/2007 (B.O. 4/10/2007)
Resolución 2149/2008 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
2. Área para la Prevención de la Explotación Sexual Infantil y la Trata de Personas, de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social
Esta área presta asistencia a las víctimas del delito de trata y actúa articuladamente con la Oficina de Rescate, luego de que la víctima preste declaración testimonial.
(Teléfonos 4338-5849/5808)
Protocolo de Asistencia a Personas Víctimas de Trata y de Explotación Sexual
3. Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
A través del Programa de asistencia a las víctimas de la trata de persona –Programa AVOT-, la sede de la Oficina Regional para el Cono Sur de América Latina con asiento en Buenos Aires, ayuda a las víctimas de nacionalidad extranjera que fueran reclutadas fuera de la Argentina y que voluntariamente deseen volver a su país de origen, al asistirlas económicamente en los costos del viaje y brindarles las condiciones de seguridad necesarias para su proceso de reintegración.
(Teléfonos 4328-9334)
Programa de Asistencia a las víctimas de la trata de personas –Programa AVOT-
4. Oficina de Asistencia Integral de la Víctima del Delito de la Procuración General de la Nación (OFAVI)
Esta Oficina brinda asesoramiento jurídico a las víctimas del delito de trata de personas sobre sus posibilidades de asistencia estatal, en particular a aquellas de menores recursos.
Una de sus iniciativas fue la Resolución PGN 25/99 que instruye a los fiscales a que en los casos en que un menor de edad resulte víctima y deba declarar como testigo, se le de intervención a la OFAVI; se trate de evitar la multiplicidad de relatos y se trate de evitar también que el niño preste declaración en sede policial.
(Teléfonos 4959-5983 4952-9980)
Publicación OIM MPF
Resolución PGN 94/09. Protocolo de Actuación para Personas Víctimas de Trata
5. Organizaciones No Gubernamentales
En muchos casos suelen ocuparse también de la asistencia a las víctimas. El contacto con ellas puede ser articulado desde la UFASE.
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