UFASE - Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas


Trata de Personas

Resoluciones

1. Plan de acción
Luego de que se ampliara la competencia de UFASE para intervenir en el delito de trata de personas, se confeccionó un “plan de acción” que sirviese como diagnóstico preliminar y plan de trabajo para esta nueva temática.
Este plan de acción, se presentó al Procurador General y fue aprobado a través de la resolución PGN 160/08 del 27 de noviembre de 2008.
Su contenido advierte sobre la existencia de cuatro problemas:
a) datos estadísticos insuficientes,
b) el delito y sus delitos vinculados, los marcos legales que se ocupan de las actividades de explotación,
c) los problemas de detección e investigación,
d) la asistencia y protección a las víctimas y traza propuestas de distintos cursos de acción para abordarlos.
Resolución PGN 160/08

2. Protocolo de actuación para el tratamiento de víctimas de trata de personas
Este protocolo elaborado entre la UFASE y la OFAVI describe:
a) pautas generales de intervención en asistencia a las víctimas del delito de trata de personas en el marco de un proceso penal donde se produce su rescate.
Se brindan cuáles son las características de la víctima del delito de trata y también se sugieren algunas prácticas para tener en cuenta durante su interrogatorio, tales como, la conveniencia de realizar una entrevista previa e individual en un lugar cerrado; procurar la menor cantidad de interlocuciones e interlocutores posibles, evitar el uso de celulares durante el procedimiento y en el lugar de alojamiento, entre otras.
b) la adopción de determinados recaudos legales para la celebración de su testimonio durante la etapa preparatoria al debate que tienden a preservar su validez en futuras instancias.
En este sentido, se aconseja dar cumplimiento a las Resoluciones PGN 8/09 y 59/09, en las que el Procurador General instruyó a los fiscales para que en todos los casos, cualquiera sea el delito, en los que se deba interrogar a menores de dieciocho años, testigos o víctimas, se proceda conforme al procedimiento previsto por el artículo 250 bis del Código Procesal Penal de la Nación y se registre fílmicamente la entrevista.
Asimismo, en dichas resoluciones se recomienda notificar previamente a la defensa, aun cuando no exista todavía un imputado identificado, en ese caso se deberá notificar a la Defensoría Oficial.
La adopción de estos mismos recaudos fue propiciada por el Procurador General por medio de la Resolución PGN 64/09, en la que instruyó a los fiscales a notificar previamente a la defensa en aquellas testimoniales que puedan considerarse como dirimentes.
c) una guía operativa para ser consultada durante la declaración de la víctima que sistematiza el interrogatorio esencial para contribuir al esclarecimiento del caso de acuerdo a las etapas que puede abarcar el iter criminis del delito de trata de personas (reclutamiento/captación, traslado/transporte, recepción y explotación)
Resolución PGN 94/09. Protocolo de actuación para el tratamiento de víctimas de trata
Resolución PGN 8/09. Recaudos legales para el testimonio de menores de dieciocho años conforme al procedimiento del artículo 250bis CPP,
Resolución PGN 59/09. Recaudos legales para el testimonio de menores conforme al procedimiento del artículo 250bis CPP
Resolución PGN 64/09. Recaudos legales para testimoniales con carácter dirimente

 

 

3. Protocolo de actuación para los casos en los que se allane un local que funcione como lugar de explotación sexual del delito de trata de personas y /o sus delitos conexos
A través de la Resolución 99/09 PGN se recomienda a los fiscales que en los casos en que se allane un local que funcione como lugar de explotación sexual del delito de trata de personas (artículos 145 bis y 145ter) y o de sus delitos conexos (artículos 17 de la ley 12.331 y artículos 125bis, 126 y 127 del CP), se de intervención a la agencia municipal del lugar para que disponga su clausura. Además, se recomienda que se solicite al juez de la causa la afectación del inmueble desde el comienzo del proceso, para garantizar su decomiso y o una eventual pena pecuniaria. Finalmente, se instruye a los fiscales para que en estos casos profundicen la investigación a fin de determinar la existencia de funcionarios o agentes públicos involucrados.
Resolución PGN 99/09. Protocolo de actuación para los casos en los que se allane un local que funcione como lugar de explotación sexual del delito de trata de personas y /o sus delitos conexos

4. Resolución UFASE expediente interno nro.174/09.  Investigaciones proactivas por publicación de avisos clasificados.
En esta resolución propiciada por UFASE se destaca la importancia de iniciar investigaciones proactivas a través de la publicación de avisos clasificados. Ya sea, aquellos que pueden encubrir una maniobra de captación (como cuando se realizan ofertas laborales, prometiendo importantes sumas de dinero, sin precisar la prestación laboral o haciéndolo de manera engañosa);  o bien, los casos en los que el aviso está dirigido a consumidores de comercio sexual, en los que se puedan encubrir modalidades de explotación de la prostitución ajena (artículos 145 bis, 145 ter, 125 bis, 126, 127 CP y artículo 17 de la ley 12.331).  
Resolución UFASE expediente interno 174/09.

5. Resolución PGN 39/10. Investigaciones proactivas por el delito de trata de personas y sus delitos vinculados.
Se recomienda el inicio de investigaciones proactivas para la investigación del delito de trata de personas (artículos 145 bis y ter) y sus delitos vinculados (artículos 125 bis, 126, 127, 128 y 140 del CP y artículo 17 de la ley 12.331). Asimismo, se sugiere como una forma para su comienzo el análisis de la información publicada como avisos clasificados en medios gráficos e internet.
Resolución PGN 39/10.

6. Resolución PGN 46/11. Guía de procedimientos y criterios para detectar e investigar la trata con fines de explotación laboral
La guía contiene métodos de detección de casos en línea con una actividad proactiva por parte de los fiscales; indicadores para distinguir situaciones de esclavitud, trabajo forzado y reducción a servidumbre o condición análoga; y consideraciones a tener en cuenta al momento de la investigación y del registro domiciliario del delito de trata de personas cuando está dirigido a la finalidad de explotación laboral.
Resolución PGN 46/2011

Tabla para calcular coeficiente de abuso

 

normas

 

Resolución PGN 160/08

Resolución PGN 8/09

Resolución PGN 59/09

Resolución PGN 64/09

Resolución PGN 94/09

Resolución PGN 99/09

Resolución UFASE expediente interno 174/09

Resolución PGN 39/10

Resolución PGN 46/2011