FUNCIONES
La ley de Cooperación Internacional en Materia Penal Nº 24.767, en su Parte III, regula la asistencia en la investigación y juzgamiento de delitos.
Con el objeto de brindar una adecuada coordinación en la gestión y seguimiento de las diligencias judiciales a los integrantes de este Organismo, por Resolución PGN Nº 55/08 se encomendó a la Secretaría General de Coordinación Institucional como responsable de las articulaciones interinstitucionales -nacionales e internacionales- esenciales en esta materia. Por ello, su principal objetivo consiste en:
Desarrollar actividades de enlace entre el Ministerio Público Fiscal y las autoridades centrales correspondientes en materia de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional –Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto de la Nación-.
Asesorar a los fiscales que precisen requerir asistencia judicial internacional facilitando el proceso de seguimiento e interacción con las autoridades consulares o judiciales destinatarias de los requerimientos solicitados, con el objeto de agilizar su cumplimiento y mantener informados sobre su estado de avance a los magistrados del Organismo; así como también a la Autoridad de Aplicación tanto al Estado requirente como al Estado requerido.
Propiciar la celebración de convenios interinstitucionales con otros Ministerios Públicos con el objeto de arbitrar los mecanismos adecuados para facilitar la cooperación y asistencia judicial internacional.
Representar al Ministerio Público Fiscal en las Reuniones Especializadas de Ministerios Públicos del MERCOSUR, de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos -AIAMP-; en la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional -Iberred-; y, en la Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas -REMJA-.
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