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» Resolución PGN 30/12

El Procurador General de la Nación instruyó a los fiscales para que: 1- consideren la posibilidad de presentar el acuerdo aun después de fijada la audiencia de debate, al tener en cuenta que el objetivo de lograr economía procesal, razón primera del instituto, podría justificar que los jueces revoquen por contrario imperio o suspendan, el auto que dispuso su realización; 2- acepten, si lo consideran oportuno, cambios de calificación legal; 3- no acepten aclaraciones o modificaciones con relación al hecho imputado; 4- en caso de corresponder, aborden los puntos vinculados con la declaración de reincidencia y la unificación de penas; y 5- se intensifique la búsqueda para la aplicación del instituto durante el estadio de la instrucción.

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» Resolución PGN 29/12

Mediante la Resolución PGN Nro. 29/2012, el procurador general de la Nación delegó su representación en la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP) y en la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional (IberRed), en el secretario de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, Gustavo López Arean. A su vez, lo designó como Coordinador Operativo de las actividades vinculadas con la Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur y Estados Asociados, y como Coordinador General del Sistema de Correo Electrónico Seguro "Groove" OEA- REMJA.

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» Resolución PGN 24/12

Se dispuso la transformación de la "Secretaría de Derecho Penal Internacional y Derecho Comparado" en la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, con las siguientes funciones y misiones: 1. Seguimiento de los expedientes administrativos de extradición; 2. Intervención en las asistencias internacionales activas y pasivas, con el consecuente asesoramiento y colaboración en lo atinente con los fiscales de la Nación, con lo cual quedan incorporadas las funciones que actualmente cumple la Oficina de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional. 3. Elaboración de proyectos de dictámenes en los recursos ordinarios de apelación, extraordinarios y de hecho en causas de extradición; y en causas penales que sean competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 4. Asesoramiento a los fiscales federales en las causas referidas a pedidos de extradición; 5. Interrelación con los organismos de colaboración institucional internacional, como lo son por ejemplo, la AIAMP e IBERRED. 6. Elaboración y seguimiento del Registro de Firmas de los agentes del Ministerio Público Fiscal que libren exhortos al extranjero (actualmente a cargo de la Secretaría de Coordinación Institucional por Resolución PGN 99/08); 7. Investigación, interpretación y el análisis jurídico de informes y opiniones emanadas de los órganos internacionales y la jurisprudencia de los tribunales internacionales, especialmente en áreas de derecho internacional de los derechos humanos, derecho penal internacional y derecho comparado en materia penal; esta última función comprenderá la elaboración de publicaciones para la difusión y conocimiento del personal del Ministerio Público Fiscal. Para ello actuará en colaboración con el Área de Biblioteca, Información y Documentación Jurídica del Ministerio Público Fiscal, y con la Fiscalía General de Capacitación. En el artículo 2, se dispuso que la Oficina de Cooperación y Asistencia Judicial Internacional,hasta hoy dependiente de la Secretaria General de Coordinación Institucional por resolución PGN 55/08, pase a integrar la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, con el personal que se determine. También se decidió que la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, en la nueva estructura y en el marco de la Res. PGN 7/97, esté a cargo de un Secretario de la Procuración General, sin perjuicio de que la Secretaría que aquí se transforma -Artículo 1-, continúe bajo su ámbito, que en principio y más allá de las otras pertinencias que estime necesarias aquél, funcionará como de Derecho Comparado. Finalmente, se resolvió que el Secretario de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Comparado, eleve a la brevedad una estimación del personal, que además del comprendido en los organismos que pasan a depender de esta Secretaría, pudiere ser necesario para el mejor cumplimiento de sus fines.

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» Resolución PGN 12/12

Se dispuso la protocolización del Convenio de Colaboración Institucional con el Ministerio de Seguridad de la Nación, que obra como Anexo I de esta resolución. Asimismo, también se estableció como procedimiento regular la remisión de toda evidencia balística hallada en el lugar del hecho y de toda arma de fuego secuestrada a las Unidades de Generación de Códigos, a los fines de su registro en la Base Central Nacional de Evidencia Balística y del análisis de correlación con la información allí almacenada. Finalmente, se instruyó a todos los fiscales con competencia penal para que en lo sucesivo instrumenten o soliciten a la autoridad judicial, según corresponda, el cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2° de esta resolución según las pautas establecidas en el "Protocolo para la remisión de la evidencia balística'' elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, que se adjunta como Anexo II.

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» Resolución PGN 5/12

Se instruye a los fiscales con competencia en materia penal para que adopten la interpretación señalada en los considerandos de esta resolución y, en consecuencia, se opongan a la aplicación retroactiva de la ley 26.735 (Modificación del Régimen Penal Tributario) por aplicación de los artículos 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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» Resolución PGN 4/12

Se dispuso que las "Reglas Mínimas de Actuación del Ministerio Público Fiscal para la Investigación de Lesiones y Homicidios Cometidos por Miembros de las Fuerzas de Seguridad en Ejercicio de sus Funciones", aplicables a las investigaciones en las que intervengan los Fiscales, serán las que se aprueban como Anexo I, derogándose consiguientemente la Res. PGN 114/11 que se sustituye por esta resolución.

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» Resolución PGN 121/11

El Ministerio de Seguridad y la Procuración firmaron un acta complementaria de asistencia mutua que profundiza un convenio suscripto entre ambos organismos en marzo de este año.

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» Resolución PGN 119/11

La Resolución PGN 119/2011 aprueba la incorporación electrónica de las copias de dictámenes en el sistema informático de gestión de causas. También dispone el ingreso y egreso de expedientes de casos con autor ignorado mediante lectoras láser.

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» Resolución PGN 104/11

Se instruyó a los fiscales con competencia en materia penal para que, al momento de dictaminar sobre la prescripción de la acción en el caso de la comisión de otro delito (art. 67, 4° párrafo, inc. a, del Código Penal), tengan en cuenta las consideraciones expresadas en la resolución PGN 104/11.

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» Resolución PGN 99/11

Se dispuso que los fiscales en materia penal comuniquen a esta Procuración General, a través de la Secretaría General de Coordinación Institucional y con copia de los antecedentes pertinentes: (a) toda ocasión en la que reciban causas cuya delegación por aplicación del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación se produzca después de comenzada la instrucción, en lugar de en la instancia regulada por el artículo 180 de la ley procesal -informando especialmente si ello ocurre con posterioridad a la revocación de un interlocutorio provocada por una apelación del Ministerio Fiscal-; y (b) todos los casos en los que, estando a cargo de una investigación delegada, vean revocada por decisión judicial la delegación ya ordenada.

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» Resolución PGN 98/11

Se modificaron los artículos 12 y 14 del Reglamento Disciplinario para funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

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» Resolución PGN 97/11

Se convocó a la XIV Reunión Anual del Ministerio Publico Fiscal, correspondiente al año 2011, para el día 18 de noviembre del corriente año. Se dispuso la asistencia de los señores Fiscales Generales y señores Fiscales de Primera Instancia de todos los fueros y jurisdicciones, se estableció que la Reunión Anual se realice en el Círculo de Oficiales de Prefectura Naval Argentina, calle Pelliza S/N y Río de la Plata (Altura Libertador 2900), Olivos, Provincia de Buenos Aires, así como también se aprobó el programa definitivo de la Reunión Anual del Ministerio Publico Fiscal, que acompaña la presente como Anexo. Finalmente se dispuso que a todos los magistrados asistentes, que en razón de la distancia (más de 150 km), les corresponda percepción de viáticos, se les liquide la suma única de mil pesos ($ 1.000) por el total de las jornadas que les demande su concurrencia. Los gastos de traslado serán cubiertos desde la Procuración General de la Nación.

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» Resolución MP 94/11

El Procurador General de la Nación habilitó la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz., a partir del 21 de octubre de 2011. Por este motivo, designó, a partir del 21 de octubre de 2011, al doctor Lucas Alberto Colla en carácter de Fiscal subrogante a cargo de la Fiscalía Federal de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz (conforme lo normado por el artículo 11 de la Ley 24.946), hasta tanto sea ocupada la vacancia por concurso legal o razones de otra índole aconsejen adoptar un temperamento distinto.

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» Resolución PGN 94/11

El Procurador General de la Nación instruyó los fiscales en materia penal para que insten a la destrucción por incineración de las sustancias estupefacientes incautadas en las investigaciones en curso, en el plazo y con los recaudos previstos en el artículo 30 de la ley 23.737. Asimismo, también solicitó a los magistrados mencionados que coadyuven en el cumplimiento por parte de las fuerzas de seguridad federales del "Protocolo único para asegurar la preservación, traslado y custodia de los estupefacientes y precursores químicos secuestrados hasta su efectiva destrucción", elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación.

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» Resolución PGN 79/11

Secuestro de personas.- Se instruye a los fiscales con competencia penal que integran el Ministerio Público Fiscal de la Nación para que adopten el criterio establecido en los considerandos de la resolución PGN 79/2011.

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